Los Bioestimulantes de las plantas quedan incluidos definitivamente en el Nuevo Reglamento Europeo de Fertilizantes.
El sector de los fertilizantes y en especial el de los bioestimulantes agrícolas se encuentra de enhorabuena ya que desde el 15 de julio ha entrado en vigor el nuevo Reglamento Europeo de Fertilizantes. En ‘especial’ porque es la primera vez que bajo la definición de ‘Bioestimulantes de las plantas’ es incluido en la legislación de los fertilizantes (en el CFP 6) y no como fitosanitarios.
Por fin ve la luz esta normativa, fruto de años de un trabajo intenso y negociaciones, en la que se da respuestas a muchas de las demandas que viene solicitando un sector instalado en la vanguardia tecnológica orientada a mejorar las condiciones de los cultivos hortofrutícolas. Este carácter innovador de las empresas fabricantes de fertilizantes y bioestimulantes agrícolas es el que en muchas ocasiones sus fabricados tecnológicos vayan por delante de la legislación y como consecuencia, ‘vivan en un mercado’ con cierto e importante vacío legal con la consiguiente dificultad de su puesta en el mercado para algunos de estos productos.
El nuevo Reglamento Europeo de Fertilizantes tiene prevista su entrada en vigor efectiva en julio de 2022, cuando los primeros productos con el nuevo marcado CE se pongan en el mercado. Destacar que durante este tiempo se seguirá trabajando en la puesta a punto del desarrollo de algunas de las normas y estándares que aún están por redefinir y ser publicadas, como factores necesarios para poder cumplir con los requisitos estipulados en el reglamento.
Novedades del nuevo Reglamento Europeo de Fertilizantes
Entre las novedades del nuevo Reglamento Europeo de Fertilizantes se encuentran el que permitirá la libre circulación de los fertilizantes en todo el territorio europeo, potenciando la economía circular y la agricultura sostenible promoviendo un mayor uso de materiales reciclados y reduciendo los residuos y la dependencia de nutrientes importados.
Centrados en algunas de ellas, se encuentra la de su clasificación mediante siete nuevas Categorías Funcionales de Productos (CFP):
- CFP 1 – Abonos o Fertilizantes.
- CFP 2 – Enmiendas Calizas.
- CFP 3 – Enmiendas del Suelo.
- CFP 4 – Sustratos de Cultivo.
- CFP 5 – Inhibidores.
- CFP 6 – Bioestimulantes de las plantas.
- CFP 7 – Mezclas de productos fertilizantes.
Otra novedad es la clasificación de los materiales componentes (CMC) que pueden utilizarse para los productos fertilizantes, que exigen requisitos de transformación y mecanismos de control diferentes, adaptados a sus diferentes grados de posible peligrosidad y variabilidad.
También se encuentra las limitaciones de los contenidos de sustancias contaminantes, como es el caso del Cadmio (uno de los puntos que más controversia ha generado) en los fertilizantes fosfatados, para asegurar la salud de los consumidores y del medio ambiente. Se ha disminuido el límite de los actuales 90 mg de cadmio/kg de P2O a 60 mg/kg.
A nivel legislativo el nuevo Reglamento Europeo de Fertilizantes aporta una mayor seguridad jurídica a los fabricantes y facilita el acceso al mercado de productos innovadores que ofrecen a los agricultores posibilidad de mejorar el rendimiento y calidad de sus cosechas.
Y como destacamos al comienzo de este artículo, uno de los aspectos más destacado es que por primera vez se da una definición para los bioestimulantes de las plantas y para las funciones que pueden realizar, y se describen los bioestimulantes como productos con una función más similar a los fertilizantes que a los fitosanitarios, excluyéndolos desde este 15 de julio del Reglamento 1107/2009 relativo a la comercialización de productos fitosanitarios.
AEFA y los bioestimulantes de plantas
Centrados en la clasificación funcional CFP 6 de Bioestimulantes de las plantas y en relación con AEFA, este uno de los puntos de más importancia para las empresas de AEFA ya conforman un grupo que viene investigando y desarrollando durante años estos productos bioestimulantes, necesitados por tanto de una legislación que les permita su comercialización sin las desventajas competitivas frente a otros productores del mundo con las que han tenido que estar conviviendo en los últimos tiempos.
En este contexto y a partir de ahora según el nuevo reglamento, los productos comerciales de bioestimulantes de planta tendrán que pasar por un proceso de evaluación de la conformidad por parte de entidades acreditadas, que garantizará que todos los requisitos solicitados en la normativa se cumplen. Además, solo podrán declararse en la etiqueta los beneficios bioestimulantes del producto que hayan sido científicamente probados, lo que aportará mayores garantías al agricultor a la hora de poder elegir y buscar los productos que más convienen a sus cultivos.
Descarga del Nuevo Reglamento Europeo de Fertilizantes en PDF